EXCELENTE A base de 45 reseñas Pedro Fernández Santiago2025-07-04 Excelente servicio Jose Gabriel Lopez2025-07-04 Super genial, muy atenta y amable. Hernan T. Ortiz2025-02-13 Excelente servicio, muy profesional, atenta, responsable y clara. Fue un gran apoyo en este proceso y con resultados muy positivos. Recomiendo. Alti Planetaria2025-02-13 Yolanda, a la que he tenido la suerte de conocer. Excelente profesional, brillante, tanto en el ámbito profesional donde demuestra un control absoluto en la materia, como persona cercana que te acompaña y actúa con esa mezcla de inteligencia emocional y científica que pocas personas tienen el privilegio de poseer. Que decir... Gracias Yolanda Lorena Hurtado Vergara2025-02-12 Quiero agradecer a Yolanda por su excelente atención y profesionalismo. Desde el primer momento, mostró una gran disposición para ayudarme, atendiendo cada una de mis dudas con paciencia y claridad. Se notaba su preocupación genuina por ofrecer la mejor solución posible, lo que me dio mucha tranquilidad. Su dedicación, compromiso y cercanía hacen la diferencia. ¡Sin duda, la recomendaría a cualquiera que necesite un apoyo legal de confianza y quisiera iniciarse en un proceso! Alberto Boch2025-02-05 Me dirijo a Yolanda para expresarle nuestro más sincero agradecimiento por el trato y la asesoría jurídica que nos ha brindado. Tanto mi esposa como yo estamos profundamente satisfechos con su profesionalismo, sinceridad y el tacto con el que ha abordado cada uno de los temas legales que hemos tratado con usted. Su orientación y conocimiento nos han sido de gran ayuda en cuestiones jurídicas complejas, en especial en lo relacionado con el derecho de familia y el divorcio. Su dedicación y compromiso con su labor nos han transmitido confianza y tranquilidad en todo momento. Le reiteramos nuestro agradecimiento y no dudaremos en recomendar sus servicios a quienes necesiten una abogada de su categoría. Atentamente, Alberto Boch Rfr Och2025-02-05 Agradecido por haber encontrado una profesional con una ETICA de este nivel, una abogada que genera confianza que es empática y que se preocupa de verdad por sus clientes, una profesional de 10, y como persona también. Juan Gabriel Martinez Moreno2025-01-30 Me han ayudado lo mejor que han podido, me han aconsejado y asesorado, la verdad que es salgo bastante mas tranquilo al hanlar con ellos Felipe Iñiguez2024-11-28 He tenido la gran fortuna de conocer a está genial abogada. Me ha llevado mi caso con una gran efectividad además de ser una gran persona, aclarandome todas las dudas que tenía y siempre dispuesta a contestar ante las insistentes llamadas que realizaba. La verdad es que me ha tranquilizado en esta etapa tan dura que he pasado. No tengo más que darle las gracias. Es una abogada super preparada y con mucha experiencia. Gracias Yolanda
Granada: 958 282 820
Madrid: 911 793 952
Málaga: 952 146 073
Sevilla: 954 305 411
Almería: 950 194 286
Córdoba: 691 129 187
Agresión sexual
Actos producidos sin consentimiento de la persona y que atenten contra la libertad sexual.
Violación
Cuando se realicen actos contra la libertad sexual con penetración (vaginal, anal y bucal, o introducción de miembros corporales por vía vaginal y anal) realizados sin consentimiento.
Agresión sexual a menor
Actos de carácter sexual con menor de 16 años, incluye instar al menor a realizar estos actos sobre sí mismo o sobre tercero.
Ciberacoso sexual a menor: Child Grooming
Cuando se contacte con un menor de 16 años por cualquier medio tecnológico (internet, teléfono…) para concertar un encuentro sexual, así como cuando se le convenza de facilitar material pornográfico o imágenes de contenido sexual.
Sexting
Consiste en la difusión o publicación de contenidos, de carácter sexual o no, tomados voluntariamente por la víctima en privado que se difunden sin su consentimiento, menoscabando gravemente la intimidad de la persona.
Acoso sexual
Cuando se solicita a otra favores sexuales para él mismo o un tercero, en una relación laboral continuada, docente o prestación de servicios, provocando en la víctima una situación humillante, hostil o intimidatoria.
Solo sí es sí
Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual
La conocida como ley del “solo sí es sí”, cuyo nombre real es la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, ha entrado en vigor el 7 de Octubre de 2022, y como novedad elimina de los delitos sexuales el término abuso sexual y la distinción que existía entre éste y la agresión sexual.
Esta ley centra su atención en la existencia del o no de consentimiento para entender si se ha cometido una agresión sexual o no. Así, se dice expresamente en el art. 178.1 del Código Penal que “Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”
Por lo tanto, sólo se entenderá que hay consentimiento SI HAY ACTOS QUE EXPRESEN DE FORMA CLARA LA VOLUNTAD DE MANTENER ESAS RELACIONES SEXUALES.
Agresión Sexual
Más novedades de la nueva ley
Otra de las novedades que introduce la Ley es considerar como agresión sexual agravada los actos sexuales realizados mediante sumisión química o por el uso de sustancias o psicofármacos que anulen la voluntad de la víctima.
Esta ley pasa a considerar a considerar violencia sexual distintos actos sexuales como el acoso sexual y la explotación de la prostitución y la agresión sexual, así como las cometidas en el ámbito digital (difusión de actos de violencia sexual a través de medios tecnológicos, la pornografía no consentida y la extorsión sexual.
Se menciona también la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso callejero con connotación sexual y la trata con fines de explotación sexual se considerarán también una forma de violencia sexual, e incluye el feminicidio sexual como una violación grave de los derechos humanos.
Yolanda Solana

Somos un equipo de profesionales con una larga experiencia en casos de abusos sexuales.